Oficio Ordinario Nº 3553
Aplicación del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210.
Servicios de administración de condominios.
Consulta si una sociedad dedicada a la administración de
condominios, que cumpla con los requisitos legales de una sociedad de profesionales, está
beneficiada con la exención de IVA establecida en la Circular N° 50 del año 2022.
cumpliendo los requisitos para calificar como una sociedad de profesionales,
los servicios de administración de condominios prestados por dicha sociedad, estarán exentos de
IVA de acuerdo al N° 8 de la letra E del artículo 12 de la LIVS.
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Depreciación y/o reconocimiento de gasto de bienes inmuebles en el régimen pro pyme
general.
Pertinencia de la aplicación del impuesto contemplado en el D.L. N° 828, de 1974.
Modifica Oficios que indica sobre aplicación de la exención contendida en el N° 12 de la letra
E del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.