Oficio Ordinario Nº 50
Mayor valor en particiones de comunidades singulares.
Mayor valor en particiones de comunidades singulares.
Tratamiento de los desembolsos incurridos en procesos de licitación y adjudicación de concesiones de servicio público de telecomunicaciones.
Donaciones amparadas en la Ley sobre donaciones con fines educacionales, artículo 3° de la Ley N° 19.247.
IVA en servicios que indica y utilización como gasto de los desembolsos en que incurre para prestarlos.