Oficio Ordinario Nº 2920
Imputación del remanente de crédito fiscal IVA existente al término de giro, al pago del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Imputación del remanente de crédito fiscal IVA existente al término de giro, al pago del impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Obligación de efectuar retención en la emisión de boletas de honorarios por rentas del N° 2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Aplicación del impuesto de timbres y estampillas en compras efectuadas con tarjeta de crédito bancaria.
Retención del N° 2 del artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta respecto de honorarios pagados a un pensionado.