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Suecia
Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2006

Art. 11

Intereses 

4% CNMF
tasa especial créditos

Del monto bruto de los intereses, cuando el beneficiario efectivo de los intereses es:
(i) un banco;
(ii) una compañía de seguros;
(iii) una empresa que substancialmente obtiene su renta bruta producto de llevar a cabo activa y regularmente actividades comerciales de crédito o financiamiento con partes no relacionadas, cuando la empresa no esté relacionada con el deudor del interés. Para los efectos de esta disposición, la expresión “actividades comerciales de crédito y financiamiento” incluye las actividades de emisión de cartas de crédito o el otorgamiento de garantías, o el suministro de servicios de tarjetas de crédito;
(iv) una empresa que vende maquinaria y equipo, cuando el interés es pagado en conexión con la deuda generada por la venta a crédito de tal maquinaria o equipo; o
(v) cualquier otra empresa que, en la medida que en los tres años tributarios anteriores al año tributario en el cual el interés es pagado, genera más del 50 de ciento de sus pasivos por la emisión de bonos en los mercados financieros o de la captación de depósitos a interés, y más del 50 por ciento de los activos de la empresa consistan en créditos a personas con las que no se encuentra relacionada;

5% CNMF
Tasa especial valores públicos

Del monto bruto de los intereses provenientes de bonos y valores que son regular y substancialmente transados en una bolsa de valores reconocida.

10% CNMF
Tasa Residual

Demás casos.

Art. 12

Regalías

2% CNMF
tasa especial maquinaria

Regalías por el uso, o el derecho al uso, de equipos industriales, comerciales o científicos

10% CNMF
Tasa residual

Demás casos.

Art. 13

Ganancias de Capital 

16%
TASA ESPECIAL ACCIONES U OTROS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN

Aplica sobre la ganancia que un residente de un Estado Contratante obtenga por la enajenación de acciones u otros derechos de participación en una sociedad residente en el otro Estado Contratante, salvo que:
(i) más del 50% del valor de las acciones o derechos enajenados provenga de bienes inmuebles situados en el otro Estado contratante;
(ii) el enajenante tenga o haya tenido dentro de los 12 meses anteriores a la enajenación, directa o indirectamente, un 20% o más de participación en el capital de la sociedad; o
(iii) el perceptor de la ganancia sea una persona natural que ha sido residente de ese otro Estado Contratante y que ha adquirido la condición de residente del Estado Contratante mencionado en primer lugar, y la enajenación de las acciones u otros derechos sociales ocurre en cualquier momento dentro de los 10 años inmediatamente siguientes a la fecha en la cual la persona natural ha dejado de ser residente de ese otro Estado.
En estos casos, las ganancias obtenidas en la enajenación de acciones u otros derechos de participación en una sociedad residente en el otro Estado Contratante puede someterse a imposición en ese otro Estado sin aplicación de la tasa máxima.
Norma residual: tratándose de ganancias de capital por la enajenación bienes distintos a acciones u otros derechos representativos de capital, dichas ganancias solo pueden someterse a imposición en el Estado Contratante en que resida el enajenante, salvo ciertas excepciones.

Tasas Convenio

Argentina

Argentina

Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2021

Australia

Australia

Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2014

Austria

Austria

Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2016

Bélgica

Bélgica

Entrada en Vigor: enero 1, 2011
Estado con CNMF sin circular

Brasil

Brasil

Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Estado sin CNMF

Canadá

Canadá

Entrada en Vigor: enero 1, 2000
Estado con CNMF sin circular

China

China

Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2017

Colombia

Colombia

Entrada en Vigor: enero 1, 2010
Estado con CNMF sin circular

Corea

Corea

Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2004

Croacia

Croacia

Entrada en Vigor: enero 1, 2005
Estado sin CNMF

Dinamarca

Dinamarca

Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2005

Ecuador

Ecuador

Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2004

España

España

Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2004

Francia

Francia

Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2007

Irlanda

Irlanda

Irlanda
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2009

Italia

Italia

Entrada en Vigor: enero 1, 2017
Estado con CNMF sin circular

Japón

Japón

Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2017

Malasia

Malasia

Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Estado con CNMF sin circular

México

México

Entrada en Vigor: enero 1, 2000
Estado con CNMF sin circular

Noruega

Noruega

Circular Nº 8
Entrada en Vigor: enero 1, 2000

Nueva Zelanda

Nueva Zelanda

Entrada en Vigor: enero 1, 2007
Estado con CNMF sin circular

Paraguay

Paraguay

Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Estado con CNMF sin circular

Perú

Perú

Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Estado con CNMF sin circular

Polonia

Polonia

Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2004

Portugal

Portugal

Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Estado con CNMF sin circular

Reino Unido

Reino Unido

Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2005

Rusia

Rusia

Entrada en Vigor: enero 1, 2013
Estado sin CNMF

Sudáfrica

Sudáfrica

Entrada en Vigor: enero 1, 2006
Estado sin CNMF

Suiza

Suiza

Entrada en Vigor: enero 1, 2011
Estado con CNMF sin circular

Tailandia

Tailandia

Entrada en Vigor: enero 1, 2011
Estado sin CNMF

Uruguay

Uruguay

Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2019