Oficio Ordinario Nº 3553
Aplicación del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210.
Consulta vigencia de Oficio N° 2116 de 1985 en materia de IVA servicios.
el Instituto de Investigaciones y Control (IDIC) es un organismo
perteneciente al Ejército de Chile que presta diversos servicios remunerados relacionados con el
control de armas y explosivos, los cuales no se encontrarían afectos a IVA de acuerdo al Oficio
N° 2116 de 1985 al no estar contemplados en el N° 5 del artículo 20 de la LIR.
Consulta si debido a las 21.420 se mantiene vigente dicho criterio.
Al respecto, se señala que hoy se entiende por «servicio» ” la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración.
Por lo tanto, el pronunciamiento del Servicio del Oficio 2116 dejó de tener aplicación, y a contar del 1 de enero de 2023 los servicios correspondientes a los de un banco de pruebas y los demás que individualiza la Resolución N° 241 de 1962 del Ministerio de Defensa quedan gravados con IVA.
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