Oficio Ordinario Nº 3553
Aplicación del artículo vigésimo segundo transitorio bis de la Ley N° 21.210.
Pronunciamiento relativo a bono de alivio a las Pymes y bono adicional variable de la Ley N° 21.354.
Respecto del otorgamiento del bono de alivio a las Pymes y el bono adicional variable de la Ley N° 21.354, contribuyente consulta si:
1) Atendiendo que los bonos indicados no están afectos a impuesto alguno según el artículo 6° de la Ley N° 21.354, no deben incluirse en la determinación de la base imponible de primera categoría, independiente del régimen tributario que tenga el contribuyente.
2) Estos bonos implican registros en el registro REX.
3) Es necesario determinar proporcionalidad a los gastos de tipo general de la empresa para imputar
contra el eventual INR originado en los bonos de la Ley N° 21.354
Servicio hace presente que tales consultas se encuentran completamente resueltas en los Oficios N° 2634
de 2021, N° 3456 de 2021 y N° 981 de 2022.
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general.
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E del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.