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Oficio Ordinario Nº 1356
22 de abril de 2022      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA : ART. 14 LETRA D) N° 3
  • CIRCULAR N° 62 DE 2020

Materia

Base imponible de una empresa acogida al régimen Pro Pyme.

Consulta

Se consulta si una empresa acogida al régimen Pro Pyme del artículo 14,
letra D), N° 3, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), puede considerar un activo fijo como gasto para determinar la base imponible del impuesto de primera categoría, cuando el bien del activo fijo fue aportado por un socio para enterar su cuota en el capital social.

Análisis

En el presente caso el monto del gasto corresponderá al valor en que el bien fue aportado a la sociedad; operando en forma instantánea e íntegra, para determinar la base imponible del impuesto de primera categoría en los términos del artículo 14, letra D), N° 3 de la LIR, en el mismo ejercicio en que se materialice el aporte.

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