Repertorio Tributario

Contenido Normativo

Tasas Convenio

Equipo Tributario

fycom.cl

Esta página web tiene fines informativos.

Sus contenidos son de carácter general y no constituyen asesoría legal.
El sitio y su material está sujeto a actualizaciones y correcciones y Fischer y Cía. Ltda. no es responsable del contenido de páginas web con enlaces o links hacia o desde esta página.

Print Friendly and PDF
Oficio Ordinario Nº 1653
20 de mayo de 2022      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA : ART. 14 LETRA A) N° 4

Materia

Imputación de retiros, remesas o distribuciones en caso de bonos pyme.

Consulta

En relación con los bonos pymes de la Ley N° 21.354 que se consideran ingresos no renta, consulta si los retiros se imputan en primer lugar al STUT o al REX, dado que su RAI es cero.

Análisis

Al respecto, según establece el N° 4 de la letra A) del artículo 14 de la LIR, para la aplicación de los impuestos finales, los retiros, remesas o distribuciones del ejercicio se imputarán al término del ejercicio respectivo, en el orden cronológico en que los retiros, remesas o distribuciones se efectúen, hasta agotar el saldo positivo de los registros RAI, DDAN y REX, en el orden y con los efectos que la misma norma señala.

Últimas Entradas

Etiquetas más utilizadas