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Oficio Ordinario Nº 1917
16 de junio de 2022      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS : ART. 1°, N°3, ART. 24, N° 9
  • OFICIOS N° 548 DE 2017 Y N° 2.748, DE 2004.

Materia

Cargos por pago del impuesto territorial con tarjeta de crédito.

Consulta

Quien consulta, afirma que cada vez que paga el impuesto territorial con tarjeta de crédito su banco realiza un cargo por “impuesto decreto ley 3475 tasa 0.066%” y otro por “intereses rotativos” en el estado de pago de dicha tarjeta de crédito, solicitando se indique si existe alguna disposición, resolución o cualquier documento oficial del Servicio que aclare la referida situación.

Análisis

Al respecto, el Servicio distingue entre el pago del impuesto territorial y, los eventuales efectos tributarios de pagar dicho impuesto mediante el empleo de una tarjeta de crédito. Así, respecto de lo segundo, el la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas regula el referido impuesto, el cual se aplica, en términos generales, en conformidad a lo dispuesto en sus artículos 1°, N° 3, y 24, N° 9.

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