Oficio Ordinario Nº 777
Cambio “sustancial” para los efectos del inciso segundo del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420.
Cambio “sustancial” para los efectos del inciso segundo del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420.
Gastos por adquisición de combustible incurridos por empresa automotora.
Aplicación de las exenciones establecidas en los N° 6 y 16 del artículo 24 de la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas.
Construcción de instalaciones efectuada por un tercero en un inmueble.