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Oficio Ordinario Nº 84
9 de enero de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios : ART. 2 N° 2
  • Ley sobre Impuesto a la Renta : ART. 20 N° 3 Y N° 4
  • Ley N° 21.420

Materia

Consulta sobre códigos de actividad económica exentos de IVA.

Consulta

De acuerdo a la presentación, considerando la ley 21.420 respecto de afectación con IVA a las prestaciones de servicios, consulta qué códigos de actividad económica se mantendrán exentos de IVA a contar del 2023 y qué códigos pasarán a ser afectos a IVA.

Análisis

A contar del 1 de enero de 2023, se gravará con IVA toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, salvo que concurra alguna exención específicamente señalada en la ley que libere del mencionado tributo a algún servicio en particular. En base a lo señalado, para determinar si una actividad económica se encuentra afecta o exenta de IVA deberá estarse a la calificación que la propia ley efectúe de dicha actividad y no necesariamente al código de actividad económica que ella registre.

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