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Oficio Ordinario Nº 960
9 de marzo de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA : ART. 84 LETRAS A Y E

Materia

Obligación de efectuar pago de pagos provisionales mensuales por vehículo que no ha sido
explotado.

Consulta

Un empresario individual acogido al régimen pro pyme general
compró un minibús con características de transporte escolar en marzo de 2022.
Señala que dicho vehículo no fue ingresado a la contabilidad de la empresa, no posee actividad de
transporte de carga o de pasajeros, no pertenece al régimen de renta presunta, ni ha recibido ingresos
ni ha explotado, de manera alguna, dicho vehículo.
Actualmente desea vender el vehículo, con

Análisis

Si el vehículo no ha sido explotado, no tributará bajo el régimen de renta
efectiva, porque no genera renta. Tampoco tributará bajo el régimen de renta presunta, porque dicho
régimen no grava la mera tenencia de ciertos bienes, sino que su explotación1
.
Por lo anterior, la propietaria del vehículo no está obligada a efectuar el pago de PPM, a que se
refieren la letra a) y la letra e) del artículo 84 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).

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