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Oficio Ordinario Nº 1628
18 de mayo de 2022      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES : ART. 17
  • CIRCULAR N° 20, DE 2022

Materia

Modificaciones introducidas por la Ley N°21.420 a la Ley N° 16.271, sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones.

Consulta

En el marco de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420, se consulta si los seguros colectivos con cobertura de salud y vida, tomados por el empleador a favor de sus trabajadores con anterioridad al 4 de febrero de 2021, se rigen por la ley vigente al tiempo de contratar por primera vez dichos seguros.

Análisis

Se informa que se excluyen del nuevo tratamiento tributario establecido en el artículo 17 de la Ley N° 16.271 los contratos de seguros de vida válidamente suscritos (perfeccionados) hasta el 3
de febrero de 2022, aun cuando se renueven con posterioridad como consecuencia de operar cláusulas de renovación, sean automáticas o no, siempre que se mantengan las mismas condiciones, criterio aplicable tanto a contratos de seguros individuales o colectivos

Luego, cabe agregar que el seguro individual obligatorio de salud establecido en la Ley N° 21.342 se excluye de la
aplicación del impuesto a las herencias dado su carácter de contrato accesorio.

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