Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2021
Art. 11
Intereses
Del importe bruto de los intereses derivados de préstamos
otorgados por bancos, compañías de seguros y otras instituciones financieras.
El término «otras instituciones financieras» significa otras empresas que sustancialmente obtengan sus beneficios del otorgamiento de créditos de financiamiento en los mercados financieros o a través de la captación de depósitos a intereses y el uso de esos fondos para desarrollar una actividad empresarial de proveer financiamiento.
Del monto bruto de los intereses provenientes de bonos o valores
que son regular y substancialmente transados en un mercado de valores reconocido.
Art. 12
Regalías
Regalías por el uso, o derecho al uso, de equipos industriales, comerciales o científicos.
Demás casos.
Art. 13
Ganancias de Capital
La regla es que las ganancias de capital obtenidas por la enajenación de acciones y otros derechos de participación en una sociedad solo pueden someterse a imposición en el Estado Contratante en que resida el enajenante, salvo que se trate de ganancias obtenidas en la enajenación de:
(i) Acciones u otros derechos cuyo valor derive en cualquier momento dentro de los 3 años anteriores a la enajenación, en más de un 50% de bienes inmuebles ubicados en el otro Estado contratante.
(ii)Acciones u otros derechos que representen participaciones de capital de una sociedad residente en el otro Estado contratante.
En estos casos, las ganancias pueden someterse a imposición en el otro Estado Contratante. Sin embargo, y sin perjuicio de lo señalado en el literal (ii), las ganancias que un residente de un Estado Contratante obtenga de la enajenación de acciones de una sociedad residente del otro Estado Contratante con presencia bursátil en una bolsa de valores reconocida ubicada en el otro Estado Contratante, solo pueden someterse a imposición en el Estado mencionado en primer lugar, si las acciones son vendidas:
a) en una bolsa de valores reconocida en ese otro Estado Contratante; o
b) en un proceso de oferta pública para la adquisición de acciones legales regulado; siempre que tales acciones hayan sido previamente adquiridas ya sea:
i. en una bolsa de valores reconocida en ese otro Estado Contratante;
ii. en un proceso de oferta pública de adquisición de acciones regulado por ley;
iii. en una colocación de acciones de primera emisión, con motivo de la constitución de la sociedad o de un aumento de capital posterior de la sociedad; o
iv. con ocasión del canje de bonos convertibles en acciones.
Norma residual: tratándose de ganancias de capital por la enajenación bienes distintos a acciones u otros derechos representativos de capital, dichas ganancias solo pueden someterse a imposición en el Estado Contratante en que resida el enajenante, salvo ciertas excepciones.
Tasas Convenio
Australia
Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2014
Austria
Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2016
Bélgica
Entrada en Vigor: enero 1, 2011
Estado con CNMF sin circular
Brasil
Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Estado sin CNMF
Canadá
Entrada en Vigor: enero 1, 2000
Estado con CNMF sin circular
Colombia
Entrada en Vigor: enero 1, 2010
Estado con CNMF sin circular
Corea
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Croacia
Entrada en Vigor: enero 1, 2005
Estado sin CNMF
Dinamarca
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2005
Ecuador
Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2004
España
Circular Nº 50
Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Francia
Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2007
Irlanda
Irlanda
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Italia
Entrada en Vigor: enero 1, 2017
Estado con CNMF sin circular
Japón
Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2017
Malasia
Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Estado con CNMF sin circular
México
Entrada en Vigor: enero 1, 2000
Estado con CNMF sin circular
Noruega
Circular Nº 8
Entrada en Vigor: enero 1, 2000
Nueva Zelanda
Entrada en Vigor: enero 1, 2007
Estado con CNMF sin circular
Paraguay
Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Estado con CNMF sin circular
Perú
Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Estado con CNMF sin circular
Polonia
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2004
Portugal
Entrada en Vigor: enero 1, 2009
Estado con CNMF sin circular
Reino Unido
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2005
República Checa
Circular Nº 22
Entrada en Vigor: enero 1, 2017
Rusia
Entrada en Vigor: enero 1, 2013
Estado sin CNMF
Sudáfrica
Entrada en Vigor: enero 1, 2006
Estado sin CNMF
Suecia
Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2006
Suiza
Entrada en Vigor: enero 1, 2011
Estado con CNMF sin circular
Tailandia
Entrada en Vigor: enero 1, 2011
Estado sin CNMF
Uruguay
Circular Nº 27
Entrada en Vigor: enero 1, 2019