Oficio Ordinario Nº 3707
Aplicación de las facultades de tasación establecidas en el artículo 64 del Código Tributario en proceso de reorganización, y de la norma general antielusiva.
Aplicación de las facultades de tasación establecidas en el artículo 64 del Código Tributario en proceso de reorganización, y de la norma general antielusiva.